Permite a propietarios de predios rústicos solicitar la certificación para subdividir su terreno, sin que implique un cambio de uso del suelo o de su aptitud agrícola, ganadera o forestal, o la validación de los antecedentes de dominio o demarcatorios informados por el solicitante.
Consiste en que un propietario de un predio rústico solicita al SAG la certificación de un proyecto de subdivisión, presentando los planos del proyecto y demás antecedentes requeridos por el Servicio.
En caso que el proyecto de subdivisión y el plano cumplan con los requisitos, el SAG realizará la certificación del proyecto de subdivisión emitiendo un certificado que señala que la subdivisión predial propuesta cumple con la normativa legal vigente. Procederá además a timbrar los planos presentados para constancia de la certificación otorgada. Posteriormente a la emisión del certificado, se requiere una tramitación específica ante el Conservador de Bienes Raíces que corresponda al terreno.
En caso que el proyecto evaluado no cumpla la normativa vigente, el SAG emitirá una resolución exenta que le será notificada al titular, indicando las causas del rechazo de su solicitud.