Permite importar bebidas alcohólicas, alcoholes etílicos y vinagres para su comercialización en el mercado chileno.
Toda persona natural o jurídica que desee importar bebidas alcohólicas, alcoholes etílicos y vinagres para su comercialización en el mercado chileno.
- Iniciar actividades en el SAG como importador de bebidas alcohólicas.
- Contar con la inscripción en el Registro de Bebidas Alcohólicas del SAG para cada bebida alcohólica de interés en importar.
- Estar registrado en el Sistema de Importaciones SAG como importador. Para solicitar acceso contactarse a los correos:
- El etiquetado debe cumplir con lo que especifica el artículo Nº 35 de la Ley Nº 18.455 del Ministerio de Agricultura y el artículo Nº 63 del Decreto N°78 del Ministerio de Agricultura:
- Denominación o naturaleza del producto.
- Graduación alcohólica.
- Volumen.
- Nombre y domicilio del importador.
El valor de la solicitud de revisión de los antecedentes corresponde a 0,25 UTM valor único, y la inspección física tiene un valor de 0,25 UTM media hora, el cual aumenta proporcionalmente de acuerdo con el tiempo adicional.
Los valores de los análisis de alcoholes que rigen a contar del 1 de enero de 2019 son los siguientes:
Análisis de alcoholes | Valor |
Análisis de bebidas fermentadas y mostos | $ 142.430 |
Análisis de alcoholes y licores | $ 128.210 |
Análisis de alcoholes desnaturalizados | $ 28.800 |
Por cada examen o determinación analítica directa | $ 14.440 |
- Haga clic en "ir al trámite en línea".
- Una vez en el sitio web de SAG, ingrese su usuario y contraseña, y haga clic en "ingresar". Si no está registrado en el sistema, debe soliciarlo por correo a: eugenia.pimentel@sag.gob.cl - gonzalo.lara@sag.gob.cl.
- Ingrese en "solicitudes/solicitud/solicitud en blanco". Luego deberá indicar "rubro agrícola/subrubro/vino, bebidas alcohólicas, alcoholes y vinagres".
- Ingrese la información general del embarque.
- En "descripción de la mercancía", haga clic en "agregar mercancias".
- Adjunte los antecedentes requeridos.
- Haga clic en "enviar solicitud".
- Como resultado del trámite, habrá solicitado la autorización para importar bebidas alcohólicas.
Importante: una vez que la solicitud sea revisada por el SAG, usted contará con el número de Certificación Aduanera (CDA). El plazo legal para esta actividad es de 72 horas.
A continuación, se realizará la inspección física, en la que deberá continuar con la tramitación de las importaciones para la generación del Informe de Inspección de Productos Agropecuarios (IIPA). No existe un plazo definido para la realización de esta actividad, no obstante, su ejecución es de directa responsabilidad de la cadena logística de cada punto de ingreso (puertos, bodegas, agencias, entre otros), quienes son los responsables del movimiento de la carga.