• Home
  • Inscripción de establecimiento de expendio de productos farmacéuticos de uso exclusivamente veterinario

Inscripción de establecimiento de expendio de productos farmacéuticos de uso exclusivamente veterinario

Enviado por Anónimo (no verificado) el Mar, 15/03/2022 - 15:47
Codigo
AR006-58052
Fecha
Objetivo

Permite obtener un certificado de inscripción de establecimiento de expendio de productos farmacéuticos de uso veterinario.

Obtenga más información.

El certificado se puede solicitar durante todo el año en la oficina sectorial del Servicio Agrícola y Ganadero (SAG), correspondiente a la jurisdicción del domicilio del establecimiento.
Beneficiarios

Personas jurídicas que deseen instalar un establecimiento para la comercialización de medicamentos veterinarios (previamente registrados en el SAG).

Vigencia
<p>La duración de la inscripción es indefinida, pero debe informar al SAG cualquier cambio en las condiciones originales que permitieron su inscripción, con la finalidad de emitir un certificado actualizado.</p>
Documentos requeridos

Importante: todos los documentos deben ser originales o copias legalizadas ante notario, salvo que el documento incluya un link que permita su verificación.

Guia oficina
  1. Reúna los antecedentes requeridos.
  2. Diríjase a la oficina sectorial del Servicio Agrícola y Ganadero (SAG) correspondiente a la jurisdicción del domicilio del establecimiento.
  3. Explique el motivo de su visita: solicitar la inscripción de establecimiento de expendio de productos farmacéuticos de uso exclusivamente veterinario.
  4. Entregue los antecedentes requeridos.
  5. Pague el valor correspondiente.
  6. Como resultado del trámite, habrá presentado la solicitud de inscripción. El SAG evaluará los antecedentes presentados y, de ser necesario, solicitará información complementaria. Posteriormente, el SAG realizará la inspección en el recinto y luego de esto, mediante resolución, aprobará o rechazará la solicitud.

Para consultas, escriba a: farmacos@sag.gob.cl.

Costo

Estudio de antecedentes e inspección del establecimiento: dos Unidades Tributarias Mensuales (UTM).