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Inscripción de una variedad en la lista de variedades oficialmente descritas (LVOD)

Enviado por Anónimo (no verificado) el Vie, 08/04/2022 - 11:03
Codigo
AR006-71475
Fecha
Objetivo

Permite inscribir una variedad de especie agrícolas (excepto ornamentales y hortícolas) a la lista de variedades oficialmente descritas (LVOD).

Si la documentación presentada es coherente con lo establecido, el servicio emitirá una resolución de incorporación, y permitirá su comercialización.

El trámite se puede realizar durante todo el año en oficinas regionales del SAG.
Beneficiarios

Comerciantes de semillas corrientes.

Dado que no existe la obligación de inscribirse en un registro para comercializar semilla corriente, cualquiera persona natural o jurídica puede comercializar semillas, siempre y cuando cumplan con lo establecido en la normativa vigente.

Vigencia
<p>La inscripción de la variedad en la LVOD tiene una vigencia indefinida.</p>
Documentos requeridos

Para dar inicio al proceso de inscripción de una variedad en la LVOD, la persona interesada deberá presentar los siguientes antecedentes:

  • Solicitud de inscripción.
  • Descripción varietal. Si la persona interesada desea inscribir una variedad que no posee pauta oficial, puede presentar la directriz de examen de UPOV (por especie).
  • Antecedentes agronómicos.
  • Muestra estándar deberá: 
    • Estar en un envase de papel adecuado, de manera de evitar el deterioro de la semilla.
    • Estar correctamente identificada.
    • Indicar si esta se encuentra desinfectada.
    • En condiciones sanitarias óptimas.
    • Antecedentes complementarios.
    • Además, la cantidad de muestra entregada al servicio dependerá del tamaño de la semilla:
      • Cinco kilos para especies con grano de tamaño igual o superior al grano de trigo.
      • Un kilo para especies con grano de tamaño inferior al grano de trigo.
      • 150 tubérculos para el caso de papa.
  • Otros antecedentes: la semilla importada certificada OECD mantendrá, solo para efecto de comercialización, su condición de certificada, si al momento de la inscripción en la LVOD presenta dos años de ensayo de valor agronómico. Estos ensayos deben ser realizados durante dos ciclos consecutivos, en las localidades edafoclimáticas para la cual está recomendada la variedad. Si la persona interesada no presenta los ensayos correspondientes, la variedad pierde su condición de certificada, por lo que deberá ser comercializada como semilla corriente, con la etiqueta amarilla correspondiente. No se permitirá el doble etiquetado.

Resolución de incorporación de la variedad a la LVOD

Todos los antecedentes son evaluados en el Subdepartamento de Comercio de Semillas y Plantas Frutales del Servicio. Si estos cumplen con las exigencias establecidas se emitirá una resolución de incorporación a la LVOD, documento oficial con el cual debe contar la persona interesada antes de comercializar una variedad.

Si al momento de la fiscalización, una variedad no cuenta con esa resolución vigente, el inspector fiscalizador procederá emitirá una denuncia y citación.

La LVOD se encuentra publicada en el sitio web del SAG y se actualiza mensualmente.

Guia oficina
  1. Reúna los antecedentes requeridos.
  2. Diríjase a una oficina regional del SAG o a la oficina de partes del SAG central. Horario de atención: de lunes a viernes, de 8:00 a 14:00 horas.
  3. Explique el motivo de su visita: inscribir una variedad en la lista de variedades oficialmente descritas (LVOD) del SAG.
  4. Entregue los antecedentes requeridos.
  5. Como resultado del trámite, habrá inscrito una variedad.
Costo

No tiene costo.