Santiago, 31 de marzo de 2011.- El Servicio Agrícola y Ganadero (SAG), ha decidido revocar la autorización para la siembra, plantación, cultivo y cosecha de especies vegetales del género Cannabis otorgado a
la empresa AgroFuturo, en la Región del Biobío. La decisión se fundamenta en la reciente resolución emitida por el Instituto de Salud Pública, ISP, que rechaza conceder a la empresa el registro sanitario para un fitofármaco que contendría como materia prima Cannabis Sativa.
En opinión del SAG, esto implica que
la empresa AgroFuturo no podrá cumplir con los fines para los cuales solicitó la autorización, por lo que ésta carece de justificación.
Al respecto
Pablo Willson, jefe de
la División Jurídica del SAG, puntualizó que con fecha de hoy hemos tomado conocimiento que el Instituto de Salud Pública (ISP) ha establecido que está prohibido desarrollar un fitofármaco que contenga cannabis y a raíz de eso a nosotros nos corresponde dejar sin efecto la autorización que el SAG, en su momento, dictaminó.
El artículo 6° del Decreto Supremo N° 405 del Minsal, Reglamento de Productos Sicotrópicos, prohíbe en el territorio nacional la producción, fabricación, preparación, distribución y expendio de productos que contengan Dronabinol, sustancia extraída de
la Cannabis Sativa y que estaba contenida en la hierba para infusión que la empresa pretendía producir.
Por esta razón, el ISP aclaró que si a futuro se le solicitara el registro sanitario de algún producto que contuviera Cannabis o Dronabinol, éste será denegado como medicamento y fitofármaco.
Cabe destacar que al entregar esta autorización
la Dirección Regional del SAG de la Región del Biobío actuó en conformidad a lo que la Ley 20.000 y su reglamento establecen para estos casos. Sin perjuicio de ello,
La Dirección Nacional iniciará una revisión de los procedimientos que llevaron a esta autorización. Su resultado será entregado a las autoridades pertinentes, quienes determinarán si es necesario modificar o perfeccionar uno o más puntos de la actual normativa.
Finalmente, dado que ésta era la única autorización que el SAG había emitido con estos fines, y que la empresa no ha informado la siembra, trámite que debía cumplir con 30 días de anticipación, existe certeza que a la fecha no se ha sembrado absolutamente ninguna semilla de especies del género Cannabis con autorización de este Servicio.